¿Un paso adelante hacia la clonación humana con fines terapéuticos?
249
exclusivamente con este fin
, en los términos definidos en esta ley, incluida la
activación de ovocitos mediante transferencia nuclear
[
la
cursiva
es mía
]
”, dando
por hecho que la “activación de ovocitos mediante transferencia nuclear” no
comporta la “creación de un preembrión o un embrión”. Es decir, para no utilizar la
denominación biológica correcta que tendría que incluir el sustantivo “embrión”
(embrión clónico o embrión somático) y, por tanto, iría en contra de la propia ley
que en el apartado 1 del mismo artículo 33 dice que “se prohíbe la
constitución
de
preembriones y embriones
humanos exclusivamente con fines de experimentación.”
Me consta que el texto de la ley estuvo retenido mucho tiempo por el Gobierno del
PSOE antes de ser enviado a las Cortes para su tramitación por la incongruencia
jurídica que hubiera supuesto prohibir, por un lado, la constitución de embriones
con fines de experimentación y, por otro lado, autorizar la obtención de embriones
clónicos con fines terapéuticos en el mismo texto legal. La solución fue, y el
Congreso de los Diputados lo aprobó, utilizar la expresión “activación de ovocitos”
en lugar de “obtención de embriones clónicos”; es decir, el “ovocito activado”
sustituye al “embrión”, lo cual es inaceptable desde el punto de vista biológico.
Aquí se cumple aquello de que se cambian las palabras para justificar actitudes o
que para justificar actitudes se cambian las palabras.
Me parece importante señalar que al producirse la noticia del trabajo de
Mitalipov y colabores, los científicos (por ejemplo, el Dr. Carlos Simón del Centro
de Investigación Príncipe Felipe de Valencia, a la vanguardia de estas técnicas en
España) han utilizado sin ambages el término “embrión somático” en sus
declaraciones en los medios de comunicación. Incluso, una Ley de la Junta de
Andalucía, anterior a la Ley 14/2007 sobre investigación biomédica, utilizaba
también el término “embrión somático”. Abundando en este sentido, todas las
publicaciones científicas utilizan el sustantivo “embrión”: así, en inglés se utiliza el
acrónimo “SCNT embryo”, que puede traducirse por “embrión obtenido por
transferencia nuclear de célula somática”. En cualquier caso, siempre se le
considera como un embrión.
El Dr. Mitalipov ha declarado que sus investigaciones están encaminadas
únicamente a la posible utilización de las células troncales del embrión somático
(NT-‐ESC) con fines terapéuticos, nunca para obtener embriones clónicos humanos
con fines reproductivos. El problema está en que sus mejoras técnicas puedan ser
utilizadas por otros grupos de investigación cuyos planteamientos éticos no
cuestionen la obtención de seres humanos clónicos. Tal podría ser el caso de las
investigaciones de Zavos e Illmensee quienes ya en 2006 realizaron un
experimento de
clonación reproductiva
, puesto que pretendían obtener el
nacimiento de un ser humano clónico a partir de un embrión SCNT de 4 células que
fue transferido al útero de la mujer aunque no llegó a implantarse. El
procedimiento experimental fue autorizado por el Comité de Revisión Institucional