An. Real. Acad. Farm. vol 79 nº 4 2013 - page 152

La implantación de la prestación farmacéutica…
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consideráis necesario que llegue, será el día de la liberación económica de
esas clases beneméritas, a las que hemos abrumado con una obligación dura
de llevar durante los años primeros del Seguro, que gracias a ella ha podido
ponerse en marcha, por lo que a la prestación farmacéutica se refiere. Ese
será el día también de agradecerles públicamente, al mismo tiempo, sus
grandes servicios, que no pueden seguir pesando sobre su martirizada
economía…” (36)
La contestación del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos
a las palabras del ministro Girón se centró en trasladar la responsabilidad de
alcanzar un acuerdo a los organismos técnicos, pues entendía que el problema
tenía una solución económica, no podría basarse en otro tipo de planteamiento:
“Es natural que el problema no puede ventilarse ni en un discurso ni
en unos comentarios; serán organismos técnicos al servicio del Señor
Ministro los que, no olvidando el fin social que se persigue y con la
colaboración de los sanitarios españoles, le puedan asesorar para que sus
determinaciones encierren el mayor acierto posible en la solución de la
mayoría de los múltiples aspectos de este problema de tan extraordinario
interés para los asegurados y para la propia patria española…” (37)
Se hace difícil no vincular este discurso de Girón con la promulgación,
apenas unos días después, del decreto de 21 de julio de 1950 por el que se crea la
Jefatura Nacional del Seguro de Enfermedad en la Dirección General de Previsión
(Ministerio de Trabajo) (38); en pocos meses esta Jefatura se haría cargo de la
elaboración del, tantas veces invocado,
Petitorio…
oficial del Seguro para la
prestación farmacéutica y seleccionaría los medicamentos y laboratorios
suministradores (39); el nuevo servicio quedó bajo la dirección del magistrado
Ramón Díaz Fanjul (m. 2004) (40).
En apenas un año se confeccionó el primer
Petitorio…
oficial del seguro de
enfermedad, su acta queda firmada el 29 de noviembre de 1951 (41); una vez
publicado, desde la Dirección General de Previsión se aprobaron las bases del
concurso para la provisión de los medicamentos que habían de figurar en él (42).
El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España recordará,
años más tarde, que no fue posible alcanzar un acuerdo previo respecto a las
condiciones contenidas en el concurso de suministro de medicamentos,
recordando, a su vez, que tampoco se alcanzó ese acuerdo previo en el primer
convenio celebrado entre el Consejo y el Instituto Nacional de Previsión, para la
prestación farmacéutica (43).
La limitación en la prestación farmacéutica que suponía el
Petitorio…
fue
vista con recelo por el gabinete de Girón de Velasco (44); en marzo de 1952, en el
diario
Las Provincias
de Valencia, Fernando Coca de la Piñera (n. 1910), quien a la
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