An. Real. Acad. Farm. vol 79 nº 4 2013 - page 148

La implantación de la prestación farmacéutica…
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“Considerando al SOE como una conquista social llena de
sentimiento humano y sentimiento cristiano, esto quiere decir que nunca
hemos estado en contra de él, sin que por ello tengamos que aceptar la
totalidad de los procedimientos empleados para su realización. Aceptamos
el principio, pero podemos estar disconformes con los procedimientos, y en
muchos aspectos lo estamos (…) había que descontar, y se descontó. Había
que concertar y se ha concertado. No estaba a nuestro alcance discutir la
cuantía de la aportación, pero sí estaba que al convenir quedasen
reconocidos aquellos principios que definen la profesión farmacéutica.
Cuando hubo duda en la interpretación pedimos aclaración a quien
corresponde interpretar. De aquella aclaración nace el que el farmacéutico
haga el total descuento y que escalonadamente éste sea recuperado. No
hacía falta una preparación tan larga, tan inapropiada y, en resumen, tan
ineficaz como la que se ha hecho para llegar a un fin, porque los
farmacéuticos, nosotros, ya habíamos comprendido.
Nuestro nuevo convenio nace cuando se afirma que ha terminado un
periodo en el seguro de enfermedad, el de campamento, y empieza otro, el
de la responsabilidad; nosotros estuvimos siempre en el de la
responsabilidad, nunca estuvimos en el de campamento. No creemos que
nadie haya contraído más méritos que los farmacéuticos en el seguro
obligatorio de enfermedad, al que prestaron desde el principio no solo su
colaboración, dándole viabilidad al poner a su servicio sus oficinas, su
experiencia y su decidida inclinación a favor del servicio que se creaba, sino,
además, su ayuda económica, financiando la prestación farmacéutica, que le
permitió su desenvolvimiento (…) A cambio de esto, si algo vale, solo
pedimos que se nos permita, en este nuevo periodo de responsabilidad, la
nuestra por delante, colaborar y exigir que los demás cumplan con la suya”
(30).
3. Racionalizar el gasto en medicamentos: el control de precios en la
prestación farmacéutica del Seguro Obligatorio de Enfermedad
Tal como había quedado establecido, la prestación farmacéutica del seguro
obligatorio de enfermedad fue efectiva desde el día primero del mes de septiembre
de 1944. En una nota del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Madrid,
publicada en el
Boletín de Información…
del Consejo General de Colegios Oficiales
de Farmacéuticos de España, se recogió el volumen de recetas tramitadas en
aplicación del convenio suscrito con el Instituto Nacional de Previsión (
cf.
Tabla 1);
tan solo en nueve meses se había triplicado el número de recetas y quintuplicado el
importe en pesetas.
1...,138,139,140,141,142,143,144,145,146,147 149,150,151,152,153,154,155,156,157,158,...190
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