An. Real. Acad. Farm. vol 79 nº 4 2013 - page 156

La implantación de la prestación farmacéutica…
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“-­‐ Pero, ¿no se les da a elegir entre unos medicamentos u otros?
-­‐ No. Se les pregunta solamente si quieren recibir todos los
necesarios a cambio de no recibir los superfluos” (55).
El resultado de la consulta fue el esperado por sus promotores, según se
recogió en la prensa nacional tras proceder al escrutinio de la votación:
“El resultado de la valoración fue abrumador: los trabajadores
españoles votaron por el Petitorio.
Estamos seguros de que la clase médica votará también, en la
intimidad de su conciencia, en el mismo sentido que los productores.
He aquí una invocación general a la reflexión, en materia de vital
interés para las clases modestas, daba como resultado una afirmación
juiciosa, de austeridad y de eficacia (…) Acaso en el seno de muchas familias,
la superstición ante el nombre mágico de muchos jarabes, colirios
prestigiosos y enormes panaceas llorase aquella libertad perdida. La clase
trabajadora, en conjunto, votó por lo mejor. Y lo mejor sin duda alguna, era
afrontar un problema que suponía, nada menos, atreverse a definir qué
medicamentos valen la pena del sacrificio económico que al productor, al
empresario y al país entero le cuesta el Seguro; y que otros medicamentos
no se reputan eficaces en grado suficiente (…) Era, bien se comprende,
situarse, al fin, ante una industria delicadísima, que teóricamente recoge el
fruto de la investigación al servicio de la salud humana. Una industria que
ha de desenvolverse necesariamente en un régimen de libertad de creación
y de libertad de ofrecimiento a su eventual clientela. Incluso de respeto a su
riesgo económico, y a la caducidad de muchas de sus fórmulas e inversiones.
Pero, por el carácter sagrado de su fin, también una industria que, ante la
salud del pueblo, debe ver proscrito todo artificio, banal, todo derroche
estéril, todo recurso meramente apuntado a la imaginación del que sufre.
El problema es siempre el mismo en estos grandes casos de
enjuiciamiento: ¿Quién puede decidir en las condiciones de máxima
imparcialidad?. Lógicamente la eficacia de una especialidad farmacéutica
solo pueden afirmarla o negarla las autoridades en la materia. El Seguro de
Enfermedad ha redactado un Petitorio, bajo el criterio de una Comisión de
personalidades que con pleno rigor científico juzgan la eficacia curativa de
cada producto y sus merecimientos para formar parte de la extensa relación
que el petitorio comprende. Figuran en ella las especialidades más
modernas, las más caras, incluso aquellas que necesitan condiciones para
ser recetadas.
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