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Geología e hidrología
Este perímetro de protección se definió aplicando el radio de influencia (295 m) para
protección en cantidad, y una combinación de los métodos de Jacobbs & Bear y Albinet
para protección a la calidad.
Dentro del perímetro de protección y siguiendo la nomenclatura habitual se
distinguen dos zonas:
Figura 8.-
Perímetro de protección.
1.
La zona inmediata de protección que comprende las captaciones actualmente
aprovechadas y un entorno inmediato de 10-20 m donde se aplican restricciones
absolutas, impidiendo cualquier tipo de actividad.
2.
La segunda zona, denominada zona próxima, está constituida por el resto del
perímetro de protección solicitado y comprende un área de extensión suficiente que
asegura la protección de las aguas del balneario, en la que se impiden actividades que
puedan dar lugar a una alteración de la calidad de las aguas y en la que se realiza una
labor periódica de vigilancia.